El programa de apoyo para el retorno de trabajadores suspendidos por la ley de Protección al Empleo o para sumar nuevo personal tiene montos de ayuda más altos para mujeres, jóvenes y personas con capacidades diferentes, y está dirigido a empresas de cualquier tamaño y de distintos sectores de la economía.
En qué consiste
Es un plan de subsidio al empleo, enmarcado en el plan "Paso a Paso Chile se recupera" que contempla cuatro ejes (inversión, apoyo a pymes, simplificación de permisos y la recuperación de puestos de trabajo). El objetivo del subsidio al empleo, que es para empresas de todos los tamaños y sectores, es fomentar la contratación de nuevos trabajadores a través del plan "Contrata", e incentivar el regreso de aquellos que están suspendidos, y mantener sus puestos, denominado "Regresa".Una empresa primero contrata o hacer regresar la persona, ahí la postula al subsidio y el primer pago sale 30 días después de aprobada la postulación.
Beneficiarios
Un millón de personas aproximadamenteFinanciamiento
Contempla un costo de US$2.000 millones, con cargo al Fondo Covid- 19, enfocado en incentivar el empleo en mujeres, jóvenes y personas con capacidades diferentes.1. Plan Contrata
Todas las empresas para ayuda a nuevas contrataciones El beneficio equivale al 50% de la remuneración bruta mensual del nuevo trabajador, con un tope de 5250.000 mensuales. En el caso de las mujeres, jóvenes de 18 a 24 años y personas con discapacidad, el monto aumenta al 60% del sueldo bruto de cada contratación, con un tope de $270.000 mensuales. La remuneración bruta mensual de los trabajadores no debe exceder de 3 Ingresos Mínimos Mensuales (S 961500).Postulaciones subsidio Contrata
Las postulaciones, por parte de las empresas, parten desde el martes 29 de septiembre para el subsidio Contrata y se deben hacer en subsidioalempleo.cl. El cierre de las postulaciones es el 31 de marzo de 2021.Requisitos
Las empresas postulantes a nuevas contrataciones deben agrandar su nómina de trabajadores con contrato vigente respecto de la planilla que tenían a julio 2020. Se entregarán tantos subsidios como trabajadores se contraten y sean postulados con éxito. La otra exigencia es tributar en alguno de estos sistemas: contribuyentes de primera categoría o pequeños contribuyentes del art. 22 de la ley de Impuesto a la Renta.Para el subsidio a la contratación, las empresas deben tener las cotizaciones de los trabajadores declaradas y pagadas, para propender a generar empleos formales. Los trabajadores deben tener una antigüedad máxima en la empresa de 3 meses.
Los empleados no pueden haber trabajado en una empresa que sea parte del mismo grupo empresarial de la empresa beneficiaria con posterioridad al 28 de septiembre de 2020.
Medidas de control
Las empresas que repartan utilidades por sobre el porcentaje mínimo legal del 30% dejarán de recibir cualquiera de estos beneficios. En el caso del subsidio a la contratación, las compañías deben mantener al menos el 80% de los trabajadores que tenían en su planilla original de julio de 2020 y también mantener al menos el 80% de los mismos trabajadores que tenía en el mes de su primera postulación al subsidio. El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence, revisará cada tres meses que esto se cumpla.Duración
Seis meses por cada contratación adicional que realice la empresa.2. Plan Regresa
Incentiva la reincorporación de trabajadores suspendidos bajo la ley de Protección al Empleo. El monto entregado será de $ 160.000 mensuales por trabajador.Postulaciones
Las postulaciones para el retorno de empleados parten este lunes 28 de septiembre. Se deben hacer en subsidioalempleo.cl. El cierre de las postulaciones es el 31 de marzo de 2021.Requisitos
Las empresas deben haber tenido una caída en sus ventas o ingresos brutos de, al menos, el 20% en el cuatrimestre abril-julio de 2020, respecto del mismo cuatrimestre de 2019 y mantener esta situación. En el caso de grandes empresas (200 trabajadores o más en su planilla a julio 2020), pasados tres meses, deberán demostrar que la suma de sus ventas sigue baja respecto de un período normal previo a la crisis (enero-diciembre de 2018).Tributar en alguno de estos sistemas: contribuyentes de primera categoría; o pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.
Los trabajadores por los cuales se postula al subsidio deben ser mayores de 18 años; tienen que haber estado acogidos a la ley de Protección del empleo hasta el 31 de agosto de 2020, y haber sido reincorporados a sus funciones. Su renta mensual bruta no puede exceder de 5961500 (3 Ingresos Mínimos Mensuales).
Si el trabajador que regresa pacta la reducción de jornada estipulada en la Ley de Protección del Empleo, el subsidio se reducirá de manera proporcional.