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La cabo Paulina Gallardo murió en un operativo porque no pudo abrir puerta de radiopatrulla
A las 22:10 horas del domingo 1 de mayo de 2011, Carabineros recibió el llamado de un empleado de un servicentro en San Bernardo quien aseguró que hacía pocos minutos un adolescente había robado un camión a punta de pistola y había escapado por la Ruta 5 en dirección al norte. La denuncia fue derivada a la 14a Comisaría de San Bernardo, desde donde salió la orden de iniciar una persecución a gran escala.

Uno de los carros policiales que se sumó al operativo fue la radiopatrulla RP-1847. En él iban tres efectivos: dos cabos ocupaban los asientos delanteros, mientras atrás iba la cabo segundo Paulina Gallardo Reyes, de 27 años, con siete años de servicio en Carabineros.

En determinado momento la radiopatrulla interceptó el camión en la carretera, pero como el armatoste no se detuvo, lo sobrepasó y se estacionó más adelante, sumándose a una especie de barrera de contención conformada por varios carros policiales, a la altura de la Avenida El Parrón. Sin embargo, el camión, al enfrentarse a esta barrera, no dio signo alguno de detenerse. Iba por la tercera pista de la vía a toda velocidad, directamente donde se encontraba la RP-1 847.

Una imagen captada por las cámaras de seguridad de la carretera dio cuenta del espantoso desenlace. Un segundo antes de ser impactados por el camión, los carabineros de los asientos delanteros de la radiopatrulla alcanzaron a abrir sus puertas y eludir el brutal impacto. No pudo hacer lo mismo la cabo Gallardo. Pocas horas después, fallecería en el Hospital de Carabineros.

A partir de ese momento se inició una investigación penal que terminó con la condena del menor de 15 años en un juicio oral, al tiempo que la Fiscalía Militar y un sumario administrativo de Carabineros intentaban desentrañar las responsabilidades institucionales en el episodio. En paralelo, el padre y los hermanos de la víctima interpusieron una demanda contra el fisco exigiendo una millonaria indemnización por concepto de daño moral.

Luego de años de controversia judicial, con todas las apelaciones que el sistema permite, la causa civil fue zanjada recién este lunes con un contundente fallo de la Corte Suprema. El máximo tribunal ordenó indemnizar a la familia de la cabo fallecida con 170 millones de pesos (50 millones para el padre y 20 millones para cada uno de sus hermanos, que son cinco), debido principalmente a dos razones:

Porque, citando el fallo de la Corte Suprema, "la Primera Fiscalía Militar dio por acreditada la responsabilidad del conductor del vehículo policial", que consistió en un "comportamiento negligente y temerario".
CABO-2°-GALLARDO

Dice el fallo: "El conductor detuvo el vehículo en la tercera pista de circulación de la Ruta 5 Sur a fin de obstaculizar la marcha del camión, maniobra que no informó a los otros dos tripulantes del móvil, con lo que aumentó el riesgo intrínsico de la labor".

Y en segundo lugar, y aquí está lo central del fallo, también se acreditó que la puerta trasera izquierda del carro policial "presentaba un desperfecto que impidió que se abriera".

La Corte cita aquí una de las conclusiones del sumario administrativo de Carabineros, donde se sancionó a tres funcionarios "por cuanto tenían conocimiento del desperfecto del carro policial y no dispusieron su reparación, permitiendo que saliera de servicio".

Un párrafo de la sentencia es aún más categórico: "Se pudo determinar que desde el año 2010 el referido vehículo presentaba desperfectos tales como puertas en malas condiciones, pastillas de freno en mal estado, siendo la más recurrente la de la puerta del costado izquierdo". Se estableció, además, que el vehículo "se encontraba entre aquellos que debían ser dados de baja".

Por añadidura, resulta crucial el trabajo de una perito del Laboratorio de Criminalística de Carabineros (Labocar), quien "constató que la cerradura de la puerta del lado derecho estaba dañada, que en el habitáculo había un destornillador, que realizó un ejercicio teórico práctico con el destornillador y las señas que se encontraban en las cerraduras dañadas coincidían con éstas".

En otras palabras, agrega el propio fallo, la pericia "permite, al menos, sospechar que las cerraduras del vehículo eran manipuladas con un destornillador, lo que explica que Paulina Gallardo no haya podido salir".

La familia de la cabo Gallardo no quiso emitir declaraciones sobre el fallo de la Corte Suprema.

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