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Espina detalla por qué el gobierno busca que las  FF.AA. vigilen infraestructura estratégica
"Se nos ha planteado, y hemos concordado, en que el tema sea visto por la comisión de Constitución porque existiría mayor voluntad, disposición y mayor cantidad de votos si se incorpora como reforma constitucional y no como ley orgánica". De esta forma el ministro de Defensa, Alberto Espina, confirmó el retiro del proyecto que facultaba a las Fuerzas Armadas a resguardar la estructura crítica del país (servicios básicos, hospitales, puertos, etcétera).

Espina remarcó que lo importante es "sacar adelante lo antes posible el resguardo a la infraestructura pública". El Ejecutivo presentó el proyecto como ley orgánica constitucional, pero tras la comisión, desarrollada en la mañana de este lunes, los senadores propusieron que fuera una reforma constitucional, opción a la que se allanó el gobierno.

Espina acentuó que una reforma constitucional "permite la aprobación de que el Presidente de la República pueda determinar que las Fuerzas Armadas actúen para cuidar nuestra insfraestructura crítica, bienvenido sea".

Afirmó que hoy en día "lo que quieren los chilenos es que se logre dar tranquilidad, resguardar el orden público y que se termine con los actos de violencia".

En tanto el senador PS Juan Pablo Letelier, integrante de la comisión de Defensa, expresó que contar con un estado de excepción "de rango menor, permite a los militares resguardar infraestructura crítica, pero que no asuman responsabilidad sobre el orden público, que quedaría en manos de Carabineros y el Ministerio del Interior".

Qué dice la Constitución
Para el abogado y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Chile, Enrique Navarro, para crear este nuevo estado de excepción "habría que hacer una reforma constitucional que permitiera eventualmente determinadas atribuciones para el jefe militar (a cargo de la situación)".

Aclara que, a través de una ley orgánica, también se les pueden entregar algunas atribuciones a los militares, "en la medida que también estén dentro de la finalidad constitucional que básicamente es la defensa nacional".

Navarro explica que existen algunos dictámenes de la Contraloría General de la República "que han permitido el actuar de las actividades de la defensa en relación a la custodia de determinados bienes". Pero, a su juicio, lo más razonable en el debate "es que se dicte una ley porque la reforma constitucional requiere mayores quórums. La ley orgánica pide 4/7, en cambio la reforma constitucional requiere 3/5. Pareciera que lo más factible y lo más expedito es que una ley modificara la ley orgánica y otorgara la posibilidad de que las FF.AA. pudieran proteger ciertas instalaciones para el funcionamiento de los servicios básicos del país".

Navarro precisa que la ley Orgánica Constitucional "podría habilitar a que, por ley, sin que sea necesario dictar un estado de excepción, pueda autorizarse (la presencia de efectivos militares), pero siempre igual tiene que dictarse una ley. La reforma (constitucional) debería traer aparejada una modificación a la ley de las Fuerzas Armadas".

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