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Carabineros del OS-7 entran a una casa que habían estado vigilando en la calle 24 Norte, de la Población San Andrés, en Talca. Un hombre que sale de ella les confiesa que había ido a comprar pasta base a alguien conocido como El Pato. Era el 23 de mayo del 2018. El Pato tenía 37 años y en su ropa los carabineros encontraron tres papeles con pasta base, un trozo de bolsa de nylon con clorhidrato de cocaína y $84.000 en efectivo. En una cómoda había una bolsa de nylon con marihuana. El cargo era microtráfico. El 12 de abril de este año, la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Ora en lo Penal de Talca condenó al imputado a una pena remitida de 541 días de presidio y a pagar dos Unidades Tributarias Mensuales, $96.706, a beneficio de Fondo Especial del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. 

Condenado por microtráfico ganó en la Suprema por prueba de pureza
La defensa del condenado le pidió a la Corte Suprema que anulara el juicio y absolviera al imputado. El máximo tribunal así o hizo, porque el Instituto de Salud Pública (ISP), en un procedimiento exigido por la ley de drogas, no pudo determinar qué tan peligrosas eran las sustancias incautadas. "Si el informe regulado en el artículo 43 de la Ley 20.000 no estableció la pureza o concentración de la droga, sino únicamente la presencia del estupefaciente, resulta imposible determinar si ella tiene o no "doneidad o aptitud como para producir graves efectos toxicos o daños considerables en la salud pública y, por consiguiente, los hechos tenidos por comprobados no pueden ser castigados como tráfico de sustancias estupefacientes o sicotrópicas", dice el fallo. 

Isabel González, abogada de la Universidad Católica y académica de la Universidad Central, explica que no basta que una sustancia cambie de color al aplicársele un líquido, tal como lo hacen las policías en los allanamientos, para comprobar que se trata, por ejemplo, de cocaína. "Si no se cuenta con el dato de la concentración o de la pureza, la sustancia podría ser talco, podría no ser droga y, por lo tanto, no va a producir daños", explica. La ley no habla de cantidades mín.mas de concentración. "Sí se establece que sea suficiente para causar daño a la salud pública" asegura. El fallo del tribunal del Talca menciona un informe del ISP sobre tres muestras de una sustancia incautada en la casa de Calle 24 Norte: 'Todos correspondientes a polvo beige, cuyo análisis arrojó cocaína en cantidad insuficiente para valorar".

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