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Inédita lista de obligaciones sociales incluye que los chilenos se comporten fraternalmente

El pleno de la Comisión Experta que por estos días está votando el anteproyecto constitucional, aprobó ocho deberes sociales establecidos en el artículo 28, capítulo II, varios de los cuales resultan novedosos, ya que no están contenidos en la Constitución vigente.

El abogado y exministro del Tribunal Constitucional, Jorge Correa Sutil, analiza el nuevo catálogo de deberes respecto a la obligatoriedad: "No hay deberes jurídicos propiamente tal si no hay sanciones a su incumplimiento, que pueden ser multas o penas. Habilita y obliga tal vez a dictar leyes que la hagan efectiva mediante sanciones y que sean específicas".

Deber para los padres

Una de las novedades establece el deber de los hijos de respetar a su progenitores. El punto siete de la lista dice: "Los habitantes de la República tienen el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos. Por su parte, ellos (los hijos) tienen el deber de respetar a sus padres, madres y ascendientes, y de asistirlos, alimentarlos y socorrerlos cuando éstos los necesiten".

Correa Sutil asegura que "no estaba en el texto constitucional ni está en las leyes, es nuevo, pero no se traduce en nada mientras no haya sanciones, salvo que tenga una función educadora". El también ex ministro del TC, Enrique Navarro, agrega: "El deber de respeto y asistencia hacia los padres también forma parte de la legislación civil. Ello debería ser desarrollado por el legislador, quien además deberá establecer sanciones".

La comisionada experta, Magaly Fuenzalida (FRVS), integrante de la subcomisión que propuso estas normas, comenta que "la inspiración de este punto es la familia, pero no tiene una bajada normativa concreta". Para las posibles pensiones de alimentos exigidas por padres a sus hijos, la comisionada explica: "Aparte de que algún abogado se le ocurra argumentar que el padre está incumpliendo un deber establecido en la Constitución, no tiene un efecto práctico concreto, pero sí podría servir para inspirar normas legislativas, programas estatales o para que un juez resuelva".

Los otros deberes

En la nueva lista de deberes sociales también se incluye:

"Todas las personas deben respetarse y comportarse fraternal y solidariamente. Deben honrar la tradición republicana, defender y preservar la democracia, y observar fiel y lealmente la Constitución y la ley". Alejandro Usen, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Andrés Bello, afirma: "Estas expresiones solamente responden a lo que se suele llamar conceptos jurídicamente indeterminados. Se podría comparar con el respeto a la moral y a las buenas costumbres, que no son infrecuentes en los textos constitucionales. Que esto se vaya a traducir en normas jurídicas obligatorias, es muy difícil".

"(todas las personas) Deben contribuir a preservar el patrimonio ambiental, cultural e histórico de Chile".
Enrique Navarro, ex ministro del Tribunal Constitucional, comenta: "En materia ambiental, al establecerse deberes puede significar que se impongan sanciones o multas a los infractores como ocurre respecto del uso de la bandera en ciertas festividades".

"Es un deber de todos proteger el medio ambiente, considerando las generaciones futuras y prevenir la generación de daño ambiental. En caso que se produzca, serán responsables del daño que causen, contribuyendo a su reparación".
El doctor en Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela, Rodrigo Poyanco, subraya que estos deberes pueden ser una excusa para que la autoridad legislativa "empiece a dictar de forma arbitraria normativa o sentencias que afecten los derechos y libertades de las personas".

"Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales. Los chilenos tienen el deber de honrar a la patria".
El profesor Usen asegura que a pesar de que esta norma pida respeto a los emblemas patrios, quien no cumpla dicho mandato, no podría ser castigado por ello.

"Todos los ciudadanos que ejercen funciones públicas tienen el deber de desempeñar fiel y honradamente sus cargos, dando cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Combatir la corrupción es un deber de todos".
Correa Sutil analiza: "Esto es una redundancia, porque está mejor explicado en el deber de publicidad, en la parte de los principios generales de la Constitución. Y está también en el Código Penal".

"Los habitantes de la República deben cumplir con las cargas públicas, contribuir al sostenimiento del gasto público mediante el pago de tributos, y votar en las elecciones y referendos, todo de conformidad a la Constitución y la ley. Asimismo, deben defender la paz y usar métodos pacíficos de acción política". El exministro Correa asegura que "estos deberes están en el Código Tributario con sanciones de multa e incluso de cárcel a quien evade los tributos, pero con todo, la idea de que las personas deben cumplir con las cargas públicas es una vieja idea que ha estado en las Constituciones chilenas. Pero el deber surge con las sanciones que establece el Código Tributario".

Respecto al voto, agrega: "Votar en las elecciones es como un deber, sin embargo, es una novedad porque establece el voto obligatorio". Pese a esto, Correa Sutil observa otra repetición de ideas, porque en el artículo 30 del mismo texto del Anteproyecto se establece que "en las votaciones populares, plebiscitos y referendos, el sufragio será personal, igualitario, secreto, informado y obligatorio", y expresa, "eso ya está en parte del texto constitucional, es otra redundancia".

"Toda persona, institución o grupo debe velar por el respeto de la dignidad de los niños".
Correa Sutil afirma: "Esta es una novedad, pero reitero, por sí mismo, no establece deber mientras no haya sanciones. Este texto puede habilitar el dictar otras leyes de protección a los menores".

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