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Juzgado dictamina libertad vigilada para Nano Calderón

Alrededor de dos horas después de que se resolvió su situación judicial, Hernán Calderón Argandoña posteó en sus stories de Instagram imágenes que dan cuenta de su nuevo estado: primero mostró un asado, se fotografió con su novia en un ascensor y luego grabó un video en un auto -él sentado en la posición de copiloto-, mientras sonaba de fondo la canción "Reloj" de Rauw Alejandro con Anuel AA.

Previo a estas anécdotas, a eso de las 12.40 de este miércoles en el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, comenzó una audiencia de procedimiento abreviado, instancia a la que se llegó luego de que la defensa del joven estableciera un acuerdo con la Fiscalía para no realizar un juicio oral. El trámite terminó a eso de las 14.30 horas y ahí se definió la sentencia del estudiante de Derecho, penas que cumplirá en libertad vigilada.

Por un lado, fue condenado a 60 días de prisión (en forma sustitutiva) por el delito de amenazas no condicionales, daños (por lo que deberá cancelar una multa de 1 UTM, es decir alrededor de 51.000 pesos), 60 días por lesiones menos graves en contexto violencia intrafamiliar y también por lesiones graves (541 días). Tampoco podrá acercarse a la víctima -su padre, Hernán Calderón Salinas, quien lo acusó en agosto de atacarlo con un arma blanca- por seis meses, se le prohibió la tenencia de armas de fuego durante dos años y debe continuar con terapia de control de impulsos. También tendrá libertad vigilada intensiva, lo que considera la elaboración de un plan de intervención de Gendarmería. A continuación, dos abogados comentan la resolución del caso de Nano Calderón.

El ex fiscal y abogado José Antonio Villalobos, del estudio de abogados Peña-Fodich-Villalobos, destaca primero que Calderón Argandoña "ya no es un imputado, hoy está condenado por lo tanto no tiene medidas cautelares, no tiene arresto domiciliario total. Tiene que cumplir una pena, pero esta pena la cumple de forma sustitutiva, con los beneficios que otorga la ley para las penas bajo los cinco años". Un detalle es que durante el tiempo que dure la condena, es decir 661 días (la suma de 541 + 60 + 60), no podrá ser candidato ni tener un cargo público, "por ejemplo, no puede trabajar en un ministerio", apunta Villalobos.

-¿Esto es el fin del caso?
-Sí, el caso terminó. Lo único que pudiese pasar es que Calderón hijo incumpliera una de las condiciones que le impusieron por el caso de violencia intrafamiliar. Por ejemplo, si él va a increpar a su padre y lo denuncian, incurre en un delito que se llama desacato y eso implica que tiene una causa nueva. Otro ejemplo: si lo pillaran manejando en estado de ebriedad, ese nuevo proceso, que implica una condena, significa muy probablemente que estas penas que calificaron hoy día (miércoles) con libertad, pudiesen también revocarse si lo condenan por conducir ebrio. O sea, no tiene que cometer nuevos delitos y debe cumplir las imposiciones que le hicieron de no acercarse a su padre, seguir con el tratamiento y no portar armas por dos años.

El rol de Gendarmería

Sobre el trabajo de Gendarmería en este caso, Villalobos explica que "Calderón se somete a una suerte de control con un delegado de libertad vigilada (de Gendarmería) que tiene que elaborar un plan de intervención para que el tribunal apruebe ese plan. Por ejemplo, el plan puede decir todos los meses, Hernán tiene que venir y demostrarme que está realizando una actividad educacional y que sigue en terapia. Cuando a ti te dan el beneficio de la libertad vigilada, sea intensiva o simple, tiene que haber un plan de intervención. Esto se hace con todas las personas que les dan este beneficio".

Sobre este punto, Maríaemilia Moreira Cid, abogada de RS&Compañía Abogados, asegura que primero, el tribunal le dice Calderón "tal día tienes que ir al C.R.S. (Centro de reinserción social) de Santiago Oriente, por ejemplo, y tienes que registrarte. Ahí le van a designar un delegado, en general son sicólogos o trabajadores sociales, y esta persona le va a hacer una primera entrevista. Ahí se le propone un tratamiento basado en el tiempo que dura la condena y también se establece, dependiendo de la evaluación del delegado, con cuánta frecuencia se tienen que hacer las sesiones". Una vez que el delegado tenga el plan armado, debe ser aprobado por el tribunal.

En la misma línea, José Antonio Villalobos plantea que Calderón hijo podría viajar fuera del país "porque no tiene arraigo. Pero tendría que coordinar el tiempo con el delegado (que le asignen). Pero por viajes cortos me parece que no tendría problemas".

-¿Es necesario que Calderón hijo fije un domicilio, abogado?
-El delegado tiene que saber donde vive pero más que nada por el contacto que debe tener para informar mes a mes del cumplimiento del plan de intervención. No existen limitaciones extremas en que tiene que vivir todo el periodo en el mismo domicilio. Sí debe ir informando cambios.

A modo de reflexión, Moreira Cid señala que "no hay mucha discusión sobre las penas (para Hernán Calderón hijo) porque finalmente con la atenuante de irreprochable conducta anterior y con la otra atenuante de haber participado en el esclarecimiento de los hechos, lógicamente quedaban las penas por las que se le condenó. Aceptando un procedimiento abreviado, estas eran las penas que se le iban a interponer".

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