Presto servicios o trabajo de manera independiente. Emito boletas de honorarios por la prestación de mis
servicios.
El Servicio de Impuestos Internos realiza en forma automática el cálculo de este aporte. Puedo revisar en línea, desde mi computador o dispositivo móvil, si cumplo con los requisitos y el monto que me corresponde, según la Ley N°21.252.
Una vez que conozco este valor, debo dividirlo por 12. Si el resultado es igual o mayor a $400 mil y menor o igual a $2 millones, debo revisar si cumplo con el requisito 2.
2. El segundo requisito, es que los honorarios que obtuve en el mes de julio, desde ser al menos un 30% menor al promedio de los honorarios que obtuve entre abril de 2019 y marzo de 2020.
IMPORTANTE
EN QUÉ CONSISTE ESTE APORTE FISCAL
En un apoyo en dinero, de hasta $500 mil no reembolsables, para trabajadores que, como yo, han visto reducidos sus ingresos producto de la emergencia sanitaria. Puedo pedir este aporte por una sola vez entre el 1 y el 31 de agosto, si cumplo con los requisitos para hacerlo, independiente de que haya sido beneficiado en uno o más meses por el Beneficio Especial para Trabajadores Independientes.El Servicio de Impuestos Internos realiza en forma automática el cálculo de este aporte. Puedo revisar en línea, desde mi computador o dispositivo móvil, si cumplo con los requisitos y el monto que me corresponde, según la Ley N°21.252.
PARA ACCEDER A ESTE APORTE DEBO CUMPLIR TRES REQUISITOS
1. El primero, que el promedio mensual de todos los ingresos que obtuve durante 2019 tiene que ser igual o mayor a $400 mil y menor o igual a $2 millones.Si quiero conocer cómo se calcula:
Para calcular este valor, debo considerar todos los ingresos que obtuve durante 2019. Puedo conocer este monto de dos formas:- Si presenté mi Declaración de Renta, corresponde al código [158]. Puedo revisarlo ccon mi RUT y Clave Tributaria (si no recuerdo mi Clave, puedo recuperarla aquí).
- Conociendo el total de honorarios informados por las empresas a las que presté mis servicios. Como estos están obligados a entregar esta información al SII, puedo revisarla aquí, seleccionando Año Tributario 2020 y luego consultando el recuadro:
Una vez que conozco este valor, debo dividirlo por 12. Si el resultado es igual o mayor a $400 mil y menor o igual a $2 millones, debo revisar si cumplo con el requisito 2.
Calculemos tu promedio mensual de renta de 2019
2. El segundo requisito, es que los honorarios que obtuve en el mes de julio, desde ser al menos un 30% menor al promedio de los honorarios que obtuve entre abril de 2019 y marzo de 2020.
Si quiero conocer cómo se calcula:
Debo sumar el total de los ingresos que obtuve entre abril de 2019 y marzo de 2020, y dividirlo por 12. Luego, debo comparar el ingreso de julio con este resultado. La diferencia debería ser de al menos un 30%.Cómo se calcula el Ingreso Promedio Mensual
Cómo se calcula el porcentaje de disminución
3. Adicionalmente debo cumplir con el requisito de haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 3 meses entre abril de 2019 y marzo de 2020, o bien haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 6 meses entre abril 2018 y marzo de 2020. En los dos casos anteriores, las boletas de honorarios electrónicas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.APORTE AL QUE PUEDO ACCEDER
Si cumplo ambos requisitos, debo ubicar el promedio mensual de todos mis ingresos (el monto obtenido en el Requisito N°1) en la siguiente tabla:IMPORTANTE
Si cumples los requisitos y accedes al aporte:
- El aporte que recibas reemplazará al subsidio de un monto máximo de $100 mil que estaba contemplado para apoyar el reintegro del beneficio, desde la Operación Renta 2022.
- Si no solicitas el aporte o no tienes derecho a este, tienes la posibilidad de solicitar el crédito solidario reembolsable desde el día 08 hasta el 31 de agosto (es decir por un cuarto mes), si cumples los requisitos.