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Trabajador dependiente

BONO LEY 21.252

Soy un trabajador que recibo una remuneración y me rijo por un vínculo laboral regulado por la normativa laboral vigente. Puedo tener un contrato indefinido, a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado. Tengo un horario establecido y un empleador (o empleadores) que me paga(n) esa remuneración por mi trabajo, junto con las retenciones legales que corresponden. También puedo encontrarme cesante en la actualidad, haciendo uso del Seguro de Cesantía, o puedo haber pactado una disminución de sueldo o jornada con mi empleador. Sin embargo, tuve ingresos por remuneraciones durante el año 2019.

EN QUÉ CONSISTE ESTE APORTE FISCAL

En un apoyo en dinero, de hasta $500 mil no reembolsables, para trabajadores que, como yo, han visto reducidos sus ingresos producto de la emergencia sanitaria. Puedo pedir este aporte por una sola vez entre el 1 y el 31 de agosto, si cumplo con los requisitos para hacerlo.

El Servicio de Impuestos Internos realiza en forma automática el cálculo de este aporte. Puedo revisar en línea, desde mi computador o dispositivo móvil, si cumplo con los requisitos y el monto que me corresponde, según la Ley N°21.252.

PARA ACCEDER A ESTE APORTE DEBO CUMPLIR DOS REQUISITOS:

1. El primero, que el promedio mensual de todos los ingresos que obtuve durante 2019 (incluyendo remuneraciones, intereses, entre otros) tiene que ser igual o mayor a $400 mil y menor o igual a $2 millones.

Si quiero conocer cómo se calcula:

Para calcular este valor, debo considerar todos los ingresos que obtuve durante 2019. Puedo conocer este monto de dos formas:

  • 1. Si presenté mi Declaración de Renta, corresponde al código [158]. Puedo revisarlo con mi RUT y Clave Tributaria (si no tengo Clave, puedo obtenerla aquí).
  • 2. Conociendo el total de los sueldos que obtuve de mi empleador o empleadores. Como estos están obligados a entregar esta información al SII, puedo revisarla aquí, seleccionando Año Tributario 2020 y luego consultando el recuadro:


Una vez que conozco este valor, debo dividirlo por 12. Si el resultado es igual o mayor a $400 mil y menor o igual a $2 millones, debo revisar si cumplo con el requisito 2.

Calculemos tu promedio mensual de renta de 2019


2. El segundo requisito, es que el ingreso (remuneraciones y/o seguro de cesantía) que obtuve en el mes de julio, debe ser al menos un 30% menor al promedio de las remuneraciones que obtuve en 2019.

Si quiero conocer cómo se calcula:

Debo sumar el total de las remuneraciones que obtuve en 2019, y dividirlo por el número de meses en los que las recibí. Luego, debo comparar mi ingreso de julio (remuneraciones y/o Seguro de Cesantía) con este resultado. La diferencia debería ser de al menos un 30%.

Cómo se calcula el Ingreso Promedio Mensual


Cómo se calcula el porcentaje de disminución


APORTE AL QUE PUEDO ACCEDER

Si cumplo ambos requisitos, debo ubicar el promedio mensual de todos mis ingresos (el monto obtenido en el Requisito N°1) en la siguiente tabla:

Si no obtuviste el bono, recuerda que, a partir del 8 de agosto, tendrás la posibilidad de acceder a un crédito solidario del Estado, reembolsable, sin intereses, para cubrir la reducción de ingresos producidos por la emergencia sanitaria. En forma extraordinaria, solo durante agosto podrás optar a este beneficio dos veces. Pronto más información.

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