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Horarios y multas que rigen para el comercio 24 y 31 de diciembre 2019
Si hay un sector que se ha visto afectado por la contingencia es el comercio establecido, ya sea en malls y grandes cadenas de multitiendas, supermercados y otros puntos de venta.

Por eso fue que en su momento la Cámara Nacional hizo un llamado especial, a la solidaridad de los consumidores, a fin de adelantar compras y horarios, para así adecuarse a la nueva realidad por la que atraviesa buena parte del sector: "Hacemos un llamado a nuestros clientes, para que puedan modificar sus hábitos de compra en esta nueva realidad, programándolas con anticipación, y en lo posible, en horarios que permitan el resguardo de la integridad de compradores y trabajadores".

Eso fue el 11 de diciembre pasado. Sin embargo, ad portas de la recta final de las fiestas de fin de año, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, informó sobre el funcionamiento del comercio durante los feriados obligatorios e irrenunciables de Navidad y Año Nuevo.

Explicó que los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del martes 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del martes 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 2 de enero de 2020, de acuerdo a la normativa vigente.

"La denuncias serán podrán realizar en el sitio web de la Dirección del Trabajo, www.direcciondeltrabajo.cl en un banner que estará habilitado a partir de las 18 horas del día anterior a los feriados, y esperamos que, tal como ha sido la tendencia, el cumplimento de la normativa sea cada vez mayor", señaló el subsecretario Arab.

Ahí mismo figuran también las sanciones y multas en las que caen las empresas que no cumplen con la normativa y también casos excepcionales en que esta regulación se flexibiliza y las compensaciones del caso.

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