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Publican ley Chao Toretto

La mezcla de velocidad y clandestinidad seduce al punto que la saga de películas como "Rápido y Furioso" ya tiene diez cintas. Pero eso es fantasía. Manejar un vehículo a alta velocidad jugando a ser Dominic Toretto (interpretado por Vin Diesel) en rutas no aptas para hacerlo será duramente sancionado. Este martes se publicó en el Diario Oficial la entrada en vigencia la ley que sanciona las denominadas carreras clandestinas, "que castigará a quienes participan de estas y a quienes las organizan, endureciendo las penas también a quienes conducen a una velocidad temeraria", adelanta el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz.

Definición de carrera clandestina

El teniente coronel Manuel Roco, de la 320 Comisaría de Tránsito de Carabineros, explica que antes de la entrada en vigencia de esta ley la policía no tenía forma de perseguir estas peligrosas conductas más allá de cursar las respectivas infracciones de tránsito por velocidad.

Ahora, Io primero que se hizo fue definir qué se entiende por carrera clandestina. "Son carreras sin la autorización o permiso de la autoridad, con vehículos motorizados; carreras que se efectúen contra otros vehículos, contra reloj o cualquier otro dispositivo para medir el tiempo, para medir velocidades máximas o hasta llegar o pasar un punto, meta o destino determinado; competencia de destrezas, deslizamientos o derrapes; competencias de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o integridad física de terceras personas", especifica el texto legal.

Sergio Peña, doctor en Derecho de la Universidad Mayor, afirma que se incluyeron conductas como "destrezas y derrapes, para que no queden vacíos legales, e incluye a todo Io que tenga motor, desde una bicicleta a un camión, en carreteras, caminos calles y ciclovías".

El teniente Roco aporta un dato: en la Región Metropolitana los puntos más conflictivos son los cercanos a las grandes autopistas y descampados: "Se van moviendo, pero hay focos en Vitacura, en la Costanera Norte (próximo a una bencinera Copec), allí exhiben vehículos y salen en carreras, también en la ruta 68 pasado el kilómetro IO (rumbo a Valparaíso, donde hay una bencinera Shell), y en San Bernardo, cercano a la ruta 5 Sur (sector Parque Industrial)".

Sanciones

Si alguien es sorprendido por Carabineros participando de una carrera clandestina será castigado con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o una multa de 2 a 10 UT M. Si se causa lesiones menos graves o graves a un tercero, se impondrá la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años y un día) y multa de 4 a 12 UT M. Pero si produce la muerte de una persona el castigo puede llegar a diez años de cárcel. Las sanciones incluyen el decomiso del vehículo, "y el retiro de la licencia, dependiendo de la gravedad del delito, hasta de por vida", acota el diputado de la comisión de Transportes de la Cámara, Juan Antonio Coloma (UDI).

"Me parecen sanciones apropiadas. En el caso de las carreras clandestinas hay claramente dolo, intención de competir, por lo que esa conducta no puede ser solo sancionada como infracción. No es la circulación normal de un vehículo, es un delito porque se transgrede la normativa vigente, y con dolo, poniendo en riesgo la vida del resto de los usuarios de las vías. Eso debe ser sancionado con rigurosidad", reflexiona Álvaro Miranda, director de la Escuela de Transporte y Tránsito de la Utem.

Castigo a los organizadores

Las carreras ilegales usualmente son eventos convocados a través de redes sociales. La ley contempla sanciones también para quien las organice, "con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 8 a 20 UTM (9482.000 a $1.206.000 aprox)". Si se obtiene lucro con la práctica, la cosa se complica: "Si se obtuviere algún beneficio económico para sí o para un tercero, se le aplicará la pena de presidio menor en su grado medio (541 días a tres años y un día) y multa de 20 U TM".

"Conducción temeraria"

Creerse un conductor como el de la saga de "Rápido y Furioso" ahora no saldrá gratis. El teniente Roco comenta que se introdujo el nuevo tipo penal de "conducción temeraria", que sanciona a quien maneje y sobrepase en 60 kilómetros por hora los límites de velocidad autorizados para una zona. "Una persona que vaya a 110 kms en zona para 50 kms, por ejemplo". Así, la persona será multada con 2 a IO UTM y la suspensión de la licencia desde seis meses hasta de por vida, si reincide por tercera vez o provoca lesiones graves o muerte de un tercero.

El ministro Muñoz comenta que la ley "habilita a los jueces a solicitar el retiro de los vehículos involucrados de circulación por un plazo mínimo de 30 días". El juez puede ordenar además la revocación del certificado de revisión técnica. El abogado Peña agrega que la ley incluye la figura de la "colaboración eficaz, la delación", esto rebaja las penas de quienes hayan sido sancionados, a cambio de aportar información de quienes organizan las carreras. Puede revisar la ley en el link.

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