El pago de impuestos para el segundo retiro del 10% de ahorros previsionales fue una de las indicaciones más discutidas durante el trámite de la nueva ley en el Congreso. Las personas que cuenten con una renta líquida mensual mayor a $1,5 millones, es decir, que correspondan al cuarto tramo de remuneraciones, sí tendrán que pagar impuestos por su segundo retiro. "El monto retirado será considerado como parte de sus ingresos y los impuestos tendrá que pagarlos en su próxima declaración anual de renta", explica el coordinador de impuestos del ministerio de Hacienda, Manuel Alcalde.
Esto quiere decir que, una vez que usted haga la solicitud a la AFP respectiva recibirá el total del 10% retirado. Si usted hace la solicitud durante el mes de diciembre, los impuestos se descontarán en la operación renta 2021 y, si los hace de enero en adelante, estos se descontarán en su declaración de renta 2022.
Impuestos a la Renta
Pero, ¿existe la posibilidad de rebajar estos impuestos o, en definitiva, no pagarlos? Resulta que si una persona tiene tomado un crédito hipotecario con un banco puede aplicar el artículo 55 bis de la ley de Impuestos a la Renta. "Las personas pagan mensualmente su crédito hipotecario con intereses. Entonces, cuando la persona haga su declaración anual de renta, al ingreso mensual que esta tiene se le descuenta lo que pagó mensualmente en intereses por ese crédito. Por ejemplo, si una persona gana $1 millón mensual y paga $100 mil mensualmente por los intereses de su crédito hipotecario, en la declaración anual de renta se le calculan los intereses por $900 mil y no por $1 millón, ya que al ingreso mensual se le resta lo que pagó mensualmente en intereses por crédito hipotecario".El académico del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile, Sergio Arriagada, precisa que "lo que existe es una rebaja a la base de la determinación del impuesto global complementario o en el impuesto único de segunda categoría. En términos simples, si se pagan dividendos por un crédito hipotecario, existe la posibilidad de rebajar la base de cálculo del impuesto en su declaración de renta, restando los intereses pagados durante el año".