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En medio del debate por el proyecto de reforma constitucional que permite el retiro del 10% de los ahorros previonales en la Cámara de Diputados, el gobierno ingresó al Senado el proyecto de ley que entrega el bono no reembolsable de $500.000 y el préstamo solidario, inicitiva que quedó con discusión inmediata.

El texto "establece un financiamiento con aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media".

El ministro Secretario General de la Presidencia, Claudio Alvarado, explicó previamente que el proyecto tendrán discusión inmediata de 3 días por sala (Cámara de Diputados y Senado), con el fin de acelerar la entrega, tanto del bono como del préstamo a beneficiarios del plan clase media.

El jefe de la Segpres analizó este proyecto y el que se votó este miércoles en la Cámara de Diputados que permite el retiro del 10% de los ahorros previsionales: "Este es un proyecto regresivo, ayuda a los que más tienen y, por tanto, más pueden retirar recursos de sus cuentas individuales. Por otro lado, tenemos una propuesta del gobierno que constituye una política pública que atiende, a nuestro juicio, las necesidades presentes de las personas, pero a la vez, precave los derechos futuros de esas mismas personas, no afectando los ingresos de sus futuras pensiones".

La sala del Senado dio cuenta del proyecto en su primer trámite constitucional, y pasa ahora a revisión en la comisión de Hacienda.

Beneficiarios potenciales

El informe financiero que acompaña el mensaje, firmado por el director de Presupuestos, Matías Acevedo, estima que el número de potenciales beneficiarios del proyecto de ley es de 1.288.590 personas, divididos en 313.251 suspendidos; 130.591 cesantes; 98.641 empresas individuales, 555.659 ocupados y 190.448 independientes.

"El mayor gasto fiscal que irroga el presente proyecto de ley consta del total del Aporte Fiscal (bono) de US$808 millones, y de la parte del beneficio que sea condonado cada año. En el escenario donde lo condonado alcance un 25% del beneficio estimado, el gasto fiscal total sería de US$I .030 millones", detalla el informe financiero.

Bono de $500.000

Es un aporte fiscal directo por $500.000 a trabajadores con ingresos formales brutos entre 5500.000 y SI .500.000 mensuales con caída de 30% durante la pandemia.

Requisitos

El promedio mensual de ingresos percibidos en 2019 debe ser igual o mayor a 5500.000, reajustados según IPC; disminución de, al menos, un 30%, del ingreso mensual; estar percibiendo el seguro de desem pleo, estar cesantes o ser una empresa individual con caída de ingresos. Para recibir este bono, se calculará el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que esté recibiendo el solicitante. El Ministerio de Desarrollo Social remitirá al Sll una nómina de hogares que reciben el IFE.

Beneficiarios


  1. Trabajadores con contrato suspendido o cesantes y beneficiarios del seguro de cesantía.
  2. Trabajadores con contrato suspendido o cesantes que no sean beneficiarios del seguro de cesantía.
  3. Trabajadores que acordaron reducciones salariales mayores al 30%.
  4. Empresarios individuales (cuenta propia) con baja de ingresos en 30% o más.


Escala del aporte según ingreso mensual promedio de beneficiarios


  • Igual o mayor a 5500.000 y hasta $1.500.000, corresponde $500.000.
  • Entre $ 1.500.000 y $ 1.600.000, corresponde 5400.000.
  • Entre $ 1.600.000 y $ 1.700.000, corresponde 5300.000.
  • Entre $ 1.700.000 y $ 1.800.000, corresponde 5200.000.
  • Entre SI .800.000 y 52.000.000, corresponde SI 00.000.
  • Personas con ingresos mensuales sobre $2.000.000, no tendrán derecho al aporte fiscal.


Pagos

La solicitud de la transferencia y el préstamo solidario se realizará ante el SII, que habilitará un proceso 100% online. En caso de calificar al bono, dentro de 10 días hábiles desde la solicitud al Sll, la Tesorería General de la República depositará en la cuenta bancaria indicada por el solicitante, o en su defecto, el pago será a través de BancoEstado No se considerarán antecedentes comerciales para acceder a estos beneficios. No será necesario tener Registro Social de Hogares ni calificación socioeconómica alguna.

Préstamo solidario

Beneficiarios

Los mismos trabajadores que recibirán el bono podrán optar voluntariamente a un préstamo estatal solidario contingente al ingreso por un monto de hasta el 70% de la caída de ingresos, que podrá solicitarse hasta por cuatro meses, con un monto mensual máximo de $650.000.

Procedimiento

La entrega será en los primeros 10 días hábiles desde su solicitud. El primer mes sólo podrá solicitarse por el monto que exceda del aporte fiscal único de 5500.000. Se podrá pedir mensualmente al Sil, a contar del octavo día de cada mes, informando forma o medio de pago.

Pago

El préstamo se reintegrará hasta en cinco años, con un año de gracia, a través del Servicio de Tesorerías. Primer pago anual en abril de 2022 (por un 10% del monto total solicitado y no podrá superar el 5% de los ingresos totales de la persona), y los tres siguientes pagos en los años de 2023, 2024 y 2025 por un 30% del monto total.

Abonos

Tendrá una tasa de interés real igual a 0% (solo se reajustará por IPC). El saldo no pagado luego de 2025 se condonará de inmediato. Para abonar reintegros anuales, desde septiembre de 2021, se recargará un 3% a través de retenciones de impuestos (descuentos por planilla, retenciones en boletas de honorarios y Pagos Provisionales Mensuales).

Mora

En caso de mora en el pago de las cuotas de devolución, se les aplicará una tasa de interés equivalente a la tasa de endeudamiento del Fisco en el mismo plazo o su equivalente. Las cuotas morosas del beneficiario no podrán ser condonadas.

Sanciones

Quienes obtengan el préstamo solidario mediante simulación o engaño y logren un beneficio mayor al que corresponda o realicen maniobras para no devolverlo, serán sancionados con reclusión menor en su grado mínimo a medio.

Sin impuestos

El bono y el préstamo solidario no están afectos a impuestos, retención administrativa, descuentos bancarios y no será embargable, salvo el 50% en pensiones alimenticias decretadas judicial mente.

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