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12 razones para el Apruebo por Francisco Vidal
A poco más de un mes del día del plebiscito, el debate político continúa con las razones para aprobar o rechazar una nueva Constitución.

En ese contexto, circulan entre las fuerzas por el Apruebo doce argumentos, entre otros, para aprobar favorablemente la nueva Constitución, redactarla mediante una Convención Constitucional (100% electa) y alcanzar el objetivo de que, la nueva Constitución, en materia económica y social, defina a Chile como un Estado social de derechos.

A continuación expongo los 12 argumentos:

1. Derecho a las pensiones

No asegura un sistema de seguridad social ni pensiones dignas; tampoco la libertad de elegir cómo administrar nuestros fondos de pensiones. La Constitución solo asegura el derecho de los privados a crear las AFP. Nada más. Sobre esa base, la ley estableció el monopolio de que solo ellas podían administrar estos fondos. De hecho, obliga a todos los trabajadores a meter sus fondos en una AFP.

2. Derecho a la salud

La Constitución no asegura el derecho a la salud como un objetivo social del país, sino que se limita al “derecho a la protección de la salud” y que las acciones de salud se otorguen por instituciones públicas o privadas. En el fondo, busca proteger el negocio de las isapres y el lucro en la salud. Por esa vía se impide o limita crear un Fondo de Salud Universal y solidario; la posibilidad de regular los precios de los medicamentos y la producción pública de vacunas o medicamentos propios para nuestras condiciones de salud.

3. Derecho a la educación

La Constitución actual establece que el Estado debe “fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles”, pero aquí también su prioridad es el fomento de la educación privada: “La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”. Además, obligó a que la educación se regule por una Ley Orgánica Constitucional de muy difícil modificación, para asegurar ahí el lucro en la educación y limitar el rol de la educación pública. Eso derivó en que se privilegiaron los colegios subvencionados en vez de los colegios y liceos públicos; se impide un apoyo especial a las universidades públicas; se impidió por años crear institutos profesionales y centros de formación técnica públicos gratuitos y de calidad para cientos de miles de jóvenes, y se ha limitado el rol del Estado en la calidad y regulación de las carreras.

4. No existe el derecho a la vivienda

A diferencia de otras constituciones en el mundo, en Chile no existe el derecho social a la vivienda. Existe el derecho de propiedad sobre una vivienda, pero eso no nos protege de los abusos o especulaciones de las inmobiliarias. La función social de la propiedad no incluye los derechos colectivos de vivir en la ciudad. Por eso no nos podemos defender de los guetos verticales y no tenemos protección frente a los defectos u omisiones de un mal plano regulador, que favorecen a algunos y afectan el valor de las viviendas de otros.

5. Derecho al agua

La actual Constitución asegura el mercado del agua, no el derecho al agua. No garantiza el agua para el consumo humano y tampoco asegura el agua para todas las actividades económicas, sino que solo para los que pueden comprar derechos de agua. La Constitución del 80 separó el agua de la tierra, permitió la sobreexplotación de las cuencas y concentró los derechos de aguas, afectando a pequeños productores y el medio ambiente. Ello implica que no podemos enfrentar bien la sequía y el cambio climático; hay especuladores del agua afectando el consumo humano y a los pequeños agricultores; no hay un desarrollo productivo armónico y sustentable de los territorios.

6. Derecho de los consumidores/as

El Tribunal Constitucional limitó la capacidad del Sernac para defender a los consumidores. Asimismo, amparándose en la Constitución, la derecha siempre se ha opuesto a las sanciones penales y civiles por la colusión y los abusos de mercado. También quisieron limitar el poder de la Fiscalía Nacional Económica y el Tribunal de la Libre Competencia, que son los órganos de previsión y sanción a la concentración económica.

7. Límites de los derechos sindicales

La Constitución del 80 restringe el poder de negociación de los trabajadores y trabajadoras. Impide la sindicalización automática, que permitiría sindicatos más amplios y robustos. Impide la negociación por rama, que en tantos países es una herramienta de diálogo social. Restringe la actividad política de los sindicatos, para reducir su peso e influencia. El Tribunal Constitucional rechazó la titularidad sindical y promovió la división de los trabajadores, al ponerlos al mismo nivel que los “grupos negociadores”.

8. Propiedad y zonas de sacrificio

Aunque en la actual Constitución se contempla el derecho a la salud y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, prevalece el derecho de propiedad. Eso es lo que permite las “zonas de sacrificio ambiental”. La función social de la propiedad se remite a “la conservación del patrimonio ambiental” y no —en general— a que la función social obligue su ejercicio libre de daños a las personas y el ambiente. No hay un justo equilibrio. Los derechos ambientales no están asegurados frente a la propiedad privada.

9. Menos poder a las regiones

La Constitución concentra el poder en Santiago, y en Santiago lo concentra en los ministerios, y no en el gobierno regional. Actualmente, las regiones no tienen poder para realizar inversiones, incentivos propios para atraer el desarrollo productivo y, mucho menos, poder formar empresas públicas para impulsar sectores de la economía regional. Solo administran lo que a nivel central les van indicando.

10. No reconoce a los pueblos indígenas

En su visión nacionalista, la Constitución del 80 no considera ni valora la diversidad cultural de nuestro país: no reconoce a todos los pueblos indígenas y afrodescendientes presentes en nuestro territorio, y tampoco respeta los derechos de los pueblos a su tierra, su lengua y cultura, mucho menos su representación política, como lo han hecho en otros países.

11. Restringe las libertades individuales

Tenemos una Constitución conservadora, que limita el ejercicio de las libertades y la autonomía personal: limita las campañas públicas por enfermedades como el sida; limita el derecho al aborto en causales específicas (inviabilidad fetal, mortalidad materna y violación); impide la eutanasia, a pesar de que una persona quiera descansar de una enfermedad agobiante, y la derecha se opuso a la ley de divorcio, invocando el resguardo constitucional de la familia.

12. No garantiza la igualdad entre hombres y mujeres

La igualdad ante la ley es letra muerta en igualdad de género: las mujeres siguen pagando más que los hombres en las isapres. La Constitución del 80 no permite establecer igualdad de ingresos a iguales calificación y puesto de trabajo; mantiene una lógica de violencia estructural hacia las mujeres, y ejemplo de ello es cuando hombres definen políticas públicas dirigidas al género femenino.

El debate tiene que estar centrado en los contenidos de una nueva Constitución y subordinar a este debate principal todos los elementos que entorpezcan el objetivo principal: llegar al 26 de abril sin violencia, con millones de ciudadanos votando e iniciar el camino para una nueva Constitución.

1 comentarios:

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Estimado

Yo participe activamente en tus Gobiernos seudo socialistas y que en realidad nunca lo fueron.

Aprendi que su odiosidades no sirven y que colocarle la soga al cuello a los mas RICOS como dice usted SOLO SIRVIO PARA QUE ESTOS SE MARCHEN A OTROS PAISES

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